Acuerdo Estado-Mantra

casinsodelestadoJorge Sagasti, socio de la firma Grandes Hoteles y Casinos SRL aseguró que el convenio entre la firma Vidaplan S.A, que opera el Casino Mantra de Punta del Este y la Dirección de Casinos del Estado para la explotación de la sala de juego Nogaró fue gestionada por los dueños del establecimiento que lo arrendaban al Estado desde el año 1948. Este acuerdo se estableció con el objetivo de promover una zona particular de Punta del Este, que estaba en baja.

El contrato firmado en el 2003 se venció el pasado 31 de diciembre de 2007, y al no ser renovado, le dio la oportunidad a la firma Vidaplan S.A. de convertirse en la firma arrendadora del local desde el 28 de junio del año pasado, lo que derivó en la concreción del negocio de explotación mixta del Casino Nogaró.

Según Sagasti, “el contrato será por un valor menor al que nos correspondería de acuerdo al anterior contrato con el Estado. Pero, a nosotros nos conviene más porque le da vida a una zona que estaba languideciendo”. Además, agregó que “nos quedarán al final las mejoras que se realizarán por parte del nuevo inquilino. En el mismo sentido, estaremos tranquilos durante quince años”.

El representante de Grandes Hoteles y Casinos SRL, destacó que este “es un negocio que le conviene a todos. Yo junté las partes y fui el que presenté la propuesta tanto a la Dirección de Casinos como a Vidaplan. Fue mía sola”. A su vez, Sagasti es accionista del Hotel Conrad y recalcó que fue a través de su gestión que se consiguieron los capitales necesarios para construir dicho establecimiento, y los edificios Delfín y Tiburón de Punta del Este, entre otros proyectos de esta clase.

De acuerdo al decreto que permite este acuerdo la creación de un sistema mixto de gestión en el Casino Nogaró no “colide” o “violenta” la exclusividad que fue concedida al Conrad en su momento y que despertó las críticas y protestas ante la propuesta del Nogaró. Se asegura que no interviene en su administración dado el Nogaró “no funcionará” como una sala de juego privada y sólo se ha pautado entre las partes involucradas una relación de arrendamiento de bienes y servicios.

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